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lunes, 7 de diciembre de 2009

Más intervenciones Bancarias

Los interventores designados tendrán en el desempeño de sus funciones las más amplias facultades de administración, disposición, control y vigilancia, incluidas todas las atribuciones que tanto la ley, como los estatutos sociales confieren a la asamblea de accionistas, a los administrativos y a los demás órganos de administración de la mencionada institución.
Mediante resolución número 598.09, de fecha 19 de noviembre de 2009, publicada en la Gaceta Oficial número 39.310, de esa misma fecha, por las razones que allí se expresan, la Sudeban resolvió intervenir sin cese de intermediación financiera al Banco Canarias.
Sancionó a Banco Fondo Común por incumplir cartera agrícola
La Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (Sudeban) sancionó al Banco Fondo Común, C.A., con multa de un millón 200 mil bolívares, por incumplimiento en el porcentaje mínimo de la cartera de crédito obligatoria que debe destinar cada banco comercial y universal al financiamiento del sector agrícola durante los últimos dos meses de 2008 y primeros tres meses de 2009.
Mediante resolución publicada en Gaceta Oficial Nº 39.321, de fecha viernes 4 de diciembre de 2009, se establece que dicha cantidad corresponde al 2% de su capital pagado, el cual para la fecha de la infracción ascendía a 40 millones de bolívares.
Con esta falta, dicha entidad bancaria incurre en el supuesto sancionatorio consagrado en el artículo 12 de la Ley Crédito para el Sector Agrícola vigente para la fecha del incumplimiento, durante el cierre del año 2008 y principio de 2009.
La citada multa deberá ser pagada en la Oficina Nacional del Tesoro, a través de sus agencias u otras entidades auxiliares, una vez le sea notificada la Planilla de Liquidación que elabora la División de Contabilidad Fiscal de la Dirección de Servicios Financieros del Ministerio del Poder Popular para Economía y Finanzas, dentro del plazo de 15 días hábiles bancarios, contados a partir de su notificación.
Asimismo, se le otorga un día hábil contado a partir del pago de la multa impuesta, para que presente ante dicha División la planilla debidamente pagada, a los fines de que el organismo expida el correspondiente certificado de liberación.
La resolución subraya que las instituciones financieras deben cumplir con los porcentajes indicados con el propósito de crear un sector productivo diversificado y sustentable, capaz de garantizar los beneficios económicos como fórmula de equidad en el acceso al bienestar de la población a través del estímulo, promoción y desarrollo del sector agrícola.
Banvalor debe pagar Bs 500.000
El Banco Banvalor Banco Comercial, C.A., deberá pagar una multa de 500.000 bolívares, impuesta por la Superintendencia de Bancos y otras Instituciones Financieras (Sudeban), por violar el porcentaje mínimo establecido por la Ley de Crédito para el Sector Agrícola.
La resolución, publicada en Gaceta Oficial Nº 39.321, de fecha viernes 4 de diciembre de 2009, refiere que la Sudeban detectó que para los meses de agosto a diciembre del año 2008 dicha entidad bancaria no colocó la totalidad de los recursos destinados al financiamiento del sector agrícola.
Los porcentajes destinados al financiamiento del sector agrícola en 2008 para los meses de agosto y septiembre era de 19%; para octubre y noviembre 20%; mientras que para diciembre debía ser de 21%.
Asimismo, indica que la cantidad total de la multa corresponde al 1% de su capital pagado, el cual para la fecha de la infracción ascendía a 50 millones de bolívares.
La multa deberá ser pagada en la Oficina Nacional del Tesoro (ONT), a través de sus agencias u otras entidades auxiliares, una vez le sea notificada la planilla de Liquidación que elabora la División de Contabilidad Fiscal de la dirección financiera del Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas, dentro de plazo de 15 días hábiles bancarios.
La resolución subraya que las instituciones financieras deben cumplir con los porcentajes indicados con el propósito de crear un sector productivo diversificado y sustentable, capaz de garantizar los beneficios económicos como formula de equidad en el acceso al bienestar de la población a través del estímulo, promoción y desarrollo del sector agrícola. ABN

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